En primer lugar creemos que el cierre de la calle debe ser analizado desde al menos cuatro puntos de vista: 1) el ambiental, 2) el vial, 3) el turístico y 4) el jurídico.
Aunque nuestra posición es a favor del cerramiento, creemos que la cuestión debería ser fundamentada técnicamente por ingenieros, arquitectos y/o urbanistas, y luego ser comunicada de forma clara a toda la ciudadanía.
Realizando un breve estudio de la cuestión que se encuentra en tela de juicio en estos días: el “mal llamado” cierre de Zona Norte llegamos a la presente conclusión que a continuación detallamos.
Entendemos que en materia ambiental el cierre es positivo. Como sabemos, el Parque Termal/ Acuático hoy se encuentra en un “anillo de humo”, estos es así porque está rodeado por calles por donde transitan vehículos motorizados, por lo tanto las personas que visitan el parque respiran el monóxido de carbono que emiten los vehículos (motos, autos, camiones). Con el cerramiento al menos se abriría una vía al aire puro y facilitaría la realización de otras actividades ecológicas: como un paseo costero, actividades náuticas sobre el lago, recreación, avistaje de aves, senderismo sobre el lago, etc.
Si nos referimos cuestión puramente Vial o de Tránsito entendemos que con el cierre de la Ex Ruta 14 no se “cierra el acceso vehicular a Zona Norte”, ya que se trata de solo una via de acceso , por lo que los vehiculos deberán desviar su recorrido solo unos 200 mts. e ingresar a la zona por Avda. Alem o calles Raúl Alfonsín o Porteiro de Flores. Pero además el cerramiento tendría un efecto positivo que sería desviar todo el llamado “tránsito parásito” (se denominada así al tránsito que circula por un barrio o suburbio solo de paso, ya que va a otro sector de la ciudad y genera peligrosidad, contaminación extra, etc.) de Avda. Perón, Alfonsín y calles Paraná y Antártida Argentina. Por lo tanto, se pacificaría este sector de la zona termal que es la más cercana al parque termal/ acuático.
Además, es necesario analizar cómo se compone hoy el tránsito/tráfico de este paso, con esto nos referimos a: ¿quienes transitan o que se transporta hoy por la Ex ruta 14?, ¿en qué vehículos? (bicicletas, peatones, autos, motos), ¿con qué frecuencia?,¿ Cuantas personas?, ¿De dónde y hacia dónde?, ¿Es necesario y tiene justificación vial este paso para los motorizados?, etc. a efectos de tener fundamentos certeros. Por último, debemos resaltar que en la actualidad ese paso es inundable, y se corta con frecuencia cuando crece el lago.
En cuanto a lo turístico, creemos que el parque termal y acuático ya colapsa su capacidad de carga social y necesita un desarrollo pensando seriamente a la cuestión ambiental, donde los vehículos motorizados no son compatibles.
Para finalizar, entendemos que la cuestión jurídica o legal estaría salvada, y de la forma más democrática. Tenemos conocimiento que existe una ordenanza sancionada en el año 2004 que en su artículo 4 establece: “Disponer el cierre de las calles públicas existentes en la “ZONA G”. Tramos parciales de la ex Ruta 14, Calle San Lorenzo y Calle Numero 33. Usos permitidos: Parque Acuático, paseo costero, actividades náuticas sobre el lago, recreación, avista sobre el lago". La ordenanza antes mencionada se encuentra vigente y fue aprobada por "unanimidad" en el Honorable Concejo Deliberante, por lo tanto el Intendente solo tendría que ejecutar el cerramiento mediante una decisión política.
El saludo de siempre.-
Seguí el tema en #Federacionenbici
Aunque nuestra posición es a favor del cerramiento, creemos que la cuestión debería ser fundamentada técnicamente por ingenieros, arquitectos y/o urbanistas, y luego ser comunicada de forma clara a toda la ciudadanía.
Realizando un breve estudio de la cuestión que se encuentra en tela de juicio en estos días: el “mal llamado” cierre de Zona Norte llegamos a la presente conclusión que a continuación detallamos.
Entendemos que en materia ambiental el cierre es positivo. Como sabemos, el Parque Termal/ Acuático hoy se encuentra en un “anillo de humo”, estos es así porque está rodeado por calles por donde transitan vehículos motorizados, por lo tanto las personas que visitan el parque respiran el monóxido de carbono que emiten los vehículos (motos, autos, camiones). Con el cerramiento al menos se abriría una vía al aire puro y facilitaría la realización de otras actividades ecológicas: como un paseo costero, actividades náuticas sobre el lago, recreación, avistaje de aves, senderismo sobre el lago, etc.
Si nos referimos cuestión puramente Vial o de Tránsito entendemos que con el cierre de la Ex Ruta 14 no se “cierra el acceso vehicular a Zona Norte”, ya que se trata de solo una via de acceso , por lo que los vehiculos deberán desviar su recorrido solo unos 200 mts. e ingresar a la zona por Avda. Alem o calles Raúl Alfonsín o Porteiro de Flores. Pero además el cerramiento tendría un efecto positivo que sería desviar todo el llamado “tránsito parásito” (se denominada así al tránsito que circula por un barrio o suburbio solo de paso, ya que va a otro sector de la ciudad y genera peligrosidad, contaminación extra, etc.) de Avda. Perón, Alfonsín y calles Paraná y Antártida Argentina. Por lo tanto, se pacificaría este sector de la zona termal que es la más cercana al parque termal/ acuático.
Además, es necesario analizar cómo se compone hoy el tránsito/tráfico de este paso, con esto nos referimos a: ¿quienes transitan o que se transporta hoy por la Ex ruta 14?, ¿en qué vehículos? (bicicletas, peatones, autos, motos), ¿con qué frecuencia?,¿ Cuantas personas?, ¿De dónde y hacia dónde?, ¿Es necesario y tiene justificación vial este paso para los motorizados?, etc. a efectos de tener fundamentos certeros. Por último, debemos resaltar que en la actualidad ese paso es inundable, y se corta con frecuencia cuando crece el lago.
En cuanto a lo turístico, creemos que el parque termal y acuático ya colapsa su capacidad de carga social y necesita un desarrollo pensando seriamente a la cuestión ambiental, donde los vehículos motorizados no son compatibles.
Para finalizar, entendemos que la cuestión jurídica o legal estaría salvada, y de la forma más democrática. Tenemos conocimiento que existe una ordenanza sancionada en el año 2004 que en su artículo 4 establece: “Disponer el cierre de las calles públicas existentes en la “ZONA G”. Tramos parciales de la ex Ruta 14, Calle San Lorenzo y Calle Numero 33. Usos permitidos: Parque Acuático, paseo costero, actividades náuticas sobre el lago, recreación, avista sobre el lago". La ordenanza antes mencionada se encuentra vigente y fue aprobada por "unanimidad" en el Honorable Concejo Deliberante, por lo tanto el Intendente solo tendría que ejecutar el cerramiento mediante una decisión política.
El saludo de siempre.-
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